Esta medida no va a aplicarse por ingresos o volumen de negocio, sino a todos los autónomos y empresas, pero solo de algunos sectores.
Así, afectará solo a algunas actividades económicas, siempre que no hayan sido suspendidas por el estado de alarma (ya que estas cuentan pueden acceder a la prestación especial por cese de actividad, que ya anula sus cuotas).
Sí se aplicará la moratoria en los comercios que permanecen abiertos y en concreto en aquellos de alimentación, bebidas, panadería y tabaco, así como otras tiendas no especializadas. También a dentistas, a los que solo se les permite atender situaciones de urgencia, y peluquerías, que solo pueden trabajar a domicilio. También a otras actividades de impresión de artes gráficas y publicidad.
En el ámbito de las reformas, entran los trabajos de fontanería, instalaciones de calefacción y aire acondicionado, carpintería y fabricación de carpintería metálica. En el de la agricultura, solo los cultivos (perennes o no) que no tengan una categoría específica asignada.
Actividades a las que se les aplicará la moratoria del pago de cuotas de la Seguridad Social (siempre que no hayan sido suspendidas por el estado de alarma ni estén en ERTE):
Código CNAE | Actividad |
119 | Otros cultivos no perennes |
129 | Otros cultivos perennes |
1812 | Otras actividades de impresión y artes gráficas |
2512 | Fabricación de carpintería metálica |
4322 | Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado |
4332 | Instalación de carpintería |
4711 | Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco |
4719 | Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados |
4724 | Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados |
7311 | Agencias de publicidad |
8623 | Actividades odontológicas |
9602 | Peluquería y otros tratamientos de belleza |
DESCARGA EL PDF COMPLETO ABAJO:
Enlace de noticia: http://www.comtrabajosocial.com/noticia/2020/2818/quien-puede-pedir-el-aplazamiento-del-alquiler/#.XqjDqc3B-Um